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CIDH PRESENTA DEMANDAS SOBRE ECUADOR Y PERÚ ANTE LA CORTE INTERAMERICANA

Publicado: 2010-03-02

    Washington, DC, 2 de Marzo de 2010 - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó demandas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), relacionadas con Ecuador y Perú. El 24 de febrero de 2010 la CIDH presentó una demanda en el caso 11.535, Pedro Miguel Vera Vera y otros, Ecuador. El caso se relaciona con la falta de atención médica adecuada, el sufrimiento físico y psíquico y la posterior muerte de Pedro Miguel Vera Vera bajo custodia estatal. Pedro Miguel Vera Vera fue detenido el 12 de abril de 1993 por parte de la Policía, y presentaba herida de arma de fuego, por lo cual fue trasladado a un hospital público. Al día siguiente fue dado de alta y trasladado a un centro de detención, donde permaneció cuatro días sin tratamiento médico. El 16 de abril se emitió un requerimiento judicial de traslado de la víctima a un hospital para que se le practicara intervención quirúrgica. El traslado se realizó al día siguiente pero la intervención se realizó el 22 de abril, horas después de la cual falleció. Los hechos aún no han sido esclarecidos ni los responsables identificados o sancionados. Por otra parte, el 16 de enero de 2010 la CIDH presentó una demanda en el caso 12.384, Miembros del Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), Perú. El caso se refiere a la violación del derecho a la protección judicial en perjuicio de 233 miembros de dicho sindicato, debido a que el Estado no les proveyó un recurso efectivo frente a la aplicación retroactiva de decretos que entre 1991 y 1992 eliminaron el sistema de escala salarial que los regía, todo a pesar de que la Constitución Política aplicable establecía la garantía de no retroactividad de la ley. El Estado de Perú reconoció su responsabilidad internacional por la falta de protección judicial en perjuicio de las víctimas; sin embargo, a la fecha no ha adoptado medidas efectivas para disponer una reparación adecuada.   La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA. Enlaces útiles: Demanda del caso 12.384, Miembros del Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, Perú Demandas presentadas por la CIDH ante la CorteIDH Sitio web de la CIDH


Escrito por

Alexander Bazán Larco

http://www.alexbazanl.me


Publicado en

FEBRERO TRECE

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